Si no te inscribes en la Parte B de Medicare cuando reúnes inicialmente los requisitos y no te corresponde un período especial de inscripción, deberás pagar una multa que agrega el 10% a la prima estándar de la Parte B por cada período de 12 meses en el que podrías haber tenido la cobertura, pero no te inscribiste.
Si te imponen la multa para la Parte B, esta será permanente, tal como la multa del plan de medicamentos recetados de la Parte D. Eso contrasta con la multa por inscripción tardía en la Parte A (seguro hospitalario), que dura un tiempo limitado.
No es obligatorio que te inscribas en la Parte B, que cubre las visitas al médico, las pruebas de laboratorio, los exámenes de detección, el equipo médico duradero y otros servicios para pacientes ambulatorios. Sin embargo, para evitar multas por inscripción tardía, debes cumplir con las fechas límite para inscribirte.
¿Cómo se calcula la multa por inscripción tardía en la Parte B?
Por lo general, debes inscribirte en las Partes A y B de Medicare durante tu período de inscripción inicial (IEP), que comienza tres meses antes del mes en el que cumples 65 años y termina tres meses después.
Es posible que puedas aplazar tu inscripción en Medicare si tu cónyuge o tú todavía trabajan y tienen cobertura médica a través de uno de sus empleadores. Pero si dejas de tener cobertura a través del empleo, debes inscribirte durante el período especial de inscripción, mientras continúas trabajando o en los ocho meses siguientes a la pérdida de tu seguro médico.
Si no te inscribes durante tu período de inscripción inicial o en el período de inscripción especial, enfrentarás dos consecuencias:
- Un período de inscripción breve. Solo podrás inscribirte durante el período de inscripción general (GEP), que se extiende del 1.º de enero hasta el 31 de marzo de cada año. Anteriormente, la cobertura no empezaba hasta el 1.º de julio; sin embargo, en el 2023 la cobertura comenzará el primer día del mes posterior al mes en el que te inscribas durante el GEP.
- Una posible multa por inscripción tardía. La mayoría de las personas no pagan multa por inscripción tardía en la Parte A de Medicare, que cubre las hospitalizaciones, porque su cónyuge o ellas han pagado impuestos de Medicare durante al menos 10 años y tienen derecho a recibir los beneficios de la Parte A sin primas. Pero eso no evitará que les impongan la multa de la parte B si hubieran podido inscribirse, pero no lo hicieron. Por ejemplo, si te inscribes en la Parte B con 26 meses de retraso, deberás pagar una multa de $34 por inscripción tardía todos los meses en el 2022, redondeada de $34.02 a los 10 centavos más cercanos, además de tu prima de $170.10 de la Parte B. Eso sería el 20% de $170.10, porque la multa se basa en períodos de 12 meses.
Debido a que por lo general las primas de la Parte B aumentan todos los años, tu multa por inscripción tardía también subirá. La multa dura mientras tengas la cobertura de la Parte B, ya sea que la obtengas mediante Medicare Original o un plan Medicare Advantage.
Si debías haberte inscrito en Medicare a los 65 años, el cálculo de la multa se hace en función del tiempo que transcurrió entre el final de tu IEP y el final del GEP en el que te inscribiste. Si aplazaste la inscripción hasta después de los 65 años porque tenías seguro médico a través de tu empleo activo o el de tu cónyuge, la multa se calcula basada en el tiempo transcurrido entre el fin de ese empleo (en vez del final de tu período de inscripción especial, que es ocho meses después) y el final del GEP en el que te inscribiste.
¿Cuáles son las excepciones a la multa por inscripción tardía en la Parte B?
No pagarás ninguna multa si te inscribes en la Parte B de Medicare en los ocho meses siguientes a la pérdida de la cobertura a través del empleo. Estas son otras excepciones:
- Menos de un año sin la Parte B. Si dejas pasar la fecha límite de tu inscripción, pero te inscribes durante el siguiente GEP y, mientras tanto, transcurren menos de 12 meses, no pagarás una multa. Si tu IEP termina el 31 de mayo, solo pasarán 10 meses antes del 31 de marzo, que es cuando finaliza el GEP.
- Problemas con la inscripción por teléfono. En el 2022, tienes tiempo adicional para inscribirte en Medicare sin multas si no pudiste inscribirte al principio del año debido a problemas con el sistema telefónico de la Administración del Seguro Social (SSA). La SSA maneja las inscripciones en las Partes A y B de Medicare.
Debido a este “recurso equitativo”, tienes hasta el 30 de diciembre del 2022 para inscribirte, aunque se haya terminado el GEP. El período de tiempo que transcurrió entre tu intento fallido de inscribirte en el 2022 y el momento en el que te inscribiste mediante el recurso equitativo no se tomará en cuenta para la multa por inscripción tardía.
- Reinicio del período límite para multas. Si tienes menos de 65 años y eres beneficiario de Medicare debido a una discapacidad, y estás pagando multas por inscripción tardía en la Parte B, cuando cumplas 65 años ya no las pagarás. En esa fecha, tendrás derecho a inscribirte en Medicare en función de tu edad y no de una discapacidad.
- Medicaid. Si estás inscrito en este programa financiado por el Gobierno federal pero gestionado por los estados para personas con ingresos inferiores a cierta cantidad, además de Medicare, tu estado paga tus primas de la Parte B. Se eliminan las multas por inscripción tardía.
- Programas de ahorros de Medicare (MSP). Si cumples los requisitos para recibir asistencia estatal para pagar los gastos de Medicare con uno de estos programas, el estado paga tus primas de la Parte B y no serás responsable de multas por inscripción tardía.
- Vivir en el extranjero. Si vives fuera de Estados Unidos y sus territorios, y no tienes derecho a recibir los beneficios de la Parte A sin pagar primas, no puedes inscribirte en la Parte A ni en la Parte B desde el extranjero. En cambio, tendrás un período de inscripción especial de hasta tres meses después de que regreses a Estados Unidos. Si te inscribes durante ese período, no serás responsable de multas por inscripción tardía en las Partes A ni B.
Ten en cuenta lo siguiente
El único seguro de salud que cuenta para reunir los requisitos para un período de inscripción especial a fin de evitar la multa por inscripción tardía es el que obtienes de tu empleador actual o el de tu cónyuge. Tener beneficios de salud para jubilados o cobertura extendida COBRA de un antiguo empleador después de los 65 años no te eximirá de las multas por inscripción tardía de la Parte B si no cumples con la fecha límite de inscripción.
Pero si tienes una cobertura para medicamentos recetados de esas u otras fuentes que se considere al menos tan buena como la de Medicare, esta podría contar como “cobertura válida para medicamentos recetados” a fin de evitar la multa por inscripción tardía en la Parte D.
Actualizado el 13 de junio de 2022