La Parte B de Medicare cubre las visitas y pruebas médicas, las evaluaciones de diagnóstico, el equipo médico duradero y otros servicios ambulatorios. Esta cobertura cuesta $164.90 al mes en el 2023 y $174.70 en el 2024 para la mayoría de las personas. Quienes tienen ingresos altos pagan más.
Para evitar pagar las primas mensuales, algunas personas retrasan la inscripción en la Parte B si tienen otra cobertura. Si no te inscribes en la Parte B de Medicare cuando reúnes inicialmente los requisitos y no te corresponde un período especial de inscripción, es posible que debas pagar una multa por inscripción tardía.
La penalidad por inscripción tardía agrega un 10% adicional de la prima estándar de la Parte B por cada período de 12 meses en el que podrías haber tenido la Parte B pero no la tuviste, y dura la misma cantidad de tiempo que tengas la Parte B.
Por lo general, debes inscribirte en las Partes A y B de Medicare durante tu período de inscripción inicial (IEP), que comienza tres meses antes del mes en el que cumples 65 años y termina tres meses después.
Es posible que puedas aplazar tu inscripción en Medicare si tu cónyuge o tú todavía trabajan y tienen cobertura médica a través de uno de sus empleadores. Pero si dejas de tener cobertura a través del empleo, debes inscribirte durante el período especial de inscripción, mientras continúas trabajando o en los ocho meses siguientes a la pérdida de tu seguro médico.
Si no te inscribes durante tu período de inscripción inicial o en el período de inscripción especial, enfrentarás dos consecuencias:
Dado que las primas de la Parte B por lo general aumentan cada año, la multa por inscripción tardía también suele aumentar. En el 2024, por ejemplo, se basa en la prima mensual de $174.70. La multa dura mientras tengas la cobertura de la Parte B, ya sea que la obtengas mediante Medicare Original o un plan Medicare Advantage. Esto es diferente de la penalidad de la Parte A, que dura un tiempo limitado.
Si debías haberte inscrito en Medicare a los 65 años, el cálculo de la multa se hace en función del tiempo que transcurrió entre el final de tu IEP y el final del GEP en el que te inscribiste. Si aplazaste la inscripción hasta después de los 65 años porque tenías seguro médico a través de tu empleo activo o el de tu cónyuge, la multa se calcula basada en el tiempo transcurrido entre el fin de ese empleo (en vez del final de tu período de inscripción especial, que es ocho meses después) y el final del GEP en el que te inscribiste.
No pagarás ninguna multa si te inscribes en la Parte B de Medicare en los ocho meses siguientes a la pérdida de la cobertura a través del empleo. Estas son otras excepciones:
Medicare también puede establecer períodos especiales de inscripción en otras situaciones, como permitir la inscripción tardía de una persona porque se vio afectada por un desastre natural.
El único seguro de salud que cuenta para reunir los requisitos para un período de inscripción especial a fin de evitar la multa por inscripción tardía es el que obtienes de tu empleador actual o el de tu cónyuge. Tener beneficios de salud para jubilados o cobertura extendida COBRA de un antiguo empleador después de los 65 años no te eximirá de las multas por inscripción tardía de la Parte B si no cumples con la fecha límite de inscripción.
Pero si tienes una cobertura para medicamentos recetados de esas u otras fuentes que se considere al menos tan buena como la de Medicare, esta podría contar como “cobertura válida para medicamentos recetados” a fin de evitar la multa por inscripción tardía en la Parte D.
Actualizado el 20 de octubre del 2023