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Sí, debes inscribirte en la Parte A y la Parte B de Medicare si tienes 65 años o más, incluso si puedes continuar con el seguro médico de tu empleador a través de COBRA cuando dejas el empleo. De lo contrario, podrías tener que pagar multas por inscripción tardía y tener períodos sin cobertura.

COBRA (Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria) es una ley federal aprobada en 1985 que requiere que las empresas con 20 o más trabajadores permitan a sus empleados continuar con la cobertura grupal de salud hasta 18 meses después de que el empleado o su cónyuge dejan de trabajar. (Muchos estados tienen leyes similares para empresas más pequeñas). En ocasiones, la cobertura de COBRA puede continuar hasta 36 meses para ciertos familiares.

Tu cobertura no cambiará con COBRA, pero las primas por lo general aumentan porque tú debes cubrir el costo total del seguro y pagar tanto tu parte como la parte que pagaba el empleador. Por lo general, los empleadores aportan entre un 70 y un 80% de las primas para sus empleados actuales.

Medicare funciona en forma diferente con COBRA, dependiendo de si has iniciado la cobertura de COBRA antes o después de cumplir 65 años.

¿Qué sucede si mi cobertura de COBRA comenzó antes de los 65 años?

Si te inscribes en COBRA antes de adquirir el derecho a participar en Medicare, tus beneficios de COBRA cesan cuando cumples 65 años, sin importar cuántos meses de cobertura con COBRA te hayan ofrecido. Deberás inscribirte en Medicare durante tu período de inscripción inicial, que comienza tres meses antes del mes en que cumples 65 años y termina tres meses después.

Medicare no te dirá que tienes que inscribirte porque tu cobertura de COBRA terminó. Lo descubrirás solo cuando trates de utilizar tu seguro privado y rechacen tu reclamación.

¿Cómo funciona Medicare con COBRA después de los 65 años?

Si dejas tu empleo después de cumplir 65 años, nadie te prohíbe inscribirte en COBRA, pero podrías terminar con multas por inscripción tardía y brechas de cobertura si no te inscribes en Medicare al dejar el empleo.

Puedes demorar la inscripción en Medicare solo si tú o tu cónyuge continúan trabajando y tienen seguro médico a través de un empleador actual. A pesar de que COBRA te brinda la misma cobertura que tenías cuando trabajabas, funciona en forma diferente bajo las reglas de Medicare, porque tú o tu cónyuge ya no trabajan en ese empleo.

Si postergaste la inscripción en Medicare al cumplir 65 años porque tú o tu cónyuge todavía estaban trabajando, tienes derecho a un período especial de inscripción para inscribirte en Medicare en cualquier momento mientras trabajas en ese empleo y hasta ocho meses después de perder esa cobertura o dejar el empleo, lo que ocurra primero. Te debes inscribir en la Parte A y la Parte B de Medicare antes de que concluya ese período especial de inscripción.

Si no lo haces, es posible que debas pagar una multa por inscripción tardía en la Parte B. Y si tú o tu cónyuge no han acumulado al menos 40 créditos a través del pago de los impuestos sobre la nómina de Medicare, tal vez debas pagar también una multa por inscripción tardía en la Parte A si la demoras más allá del período especial de inscripción que podría corresponderte.

También deberás esperar hasta el período siguiente de inscripción general, que se extiende desde el 1.o de enero hasta el 31 de marzo, para inscribirte en la Parte B de Medicare. Si no te inscribes en Medicare cuando concluye tu empleo, podrías tener grandes brechas de cobertura, incluso antes de que termine tu período de inscripción especial.

Cobertura primaria y cobertura secundaria. A los 65 años, ya sea que estés inscrito o no en Medicare, COBRA deja de ser tu cobertura primaria —es decir, quien paga primero tus facturas médicas— y pasa a ser tu cobertura secundaria, lo cual podría dejarte sin cobertura primaria.

Cuando tienes 65 años o más y ni tú ni tu cónyuge continúan trabajando, Medicare es quien paga primero tus reclamaciones por servicios médicos, y tu otra cobertura —ya sea COBRA, una póliza de Medigap o una cobertura de jubilado— paga los gastos y servicios que Medicare no cubre. Esta cobertura secundaria podría pagar los deducibles y los copagos de Medicare y otros gastos de bolsillo.

Pero si no te inscribes en Medicare, la cobertura secundaria podría no pagar ninguna reclamación. Es importante inscribirse en Medicare antes —o poco tiempo después— de que finalice el empleo para que no haya períodos sin cobertura.

Lo que debes tener en cuenta

Cobertura de medicamentos recetados. Las reglas son diferentes para los planes de medicamentos recetados de la Parte D de Medicare. Si tienes cobertura de medicamentos recetados a través de COBRA o de un plan de jubilado y esa cobertura es al menos tan buena como la de la Parte D —que Medicare considera “cobertura válida”—, no necesitas inscribirte en un plan de la Parte D mientras tengas esa cobertura, incluso si no es a través de un empleador actual. Consulta en tu plan si la cobertura que brinda es válida.

Una vez que pierdes esa cobertura, tienes 62 días para inscribirte en la Parte D sin incurrir en multas por inscripción tardía.

Planes Medigap. Puedes comprar cualquier póliza de Medigap que esté disponible en tu área, sin importar tu estado de salud, hasta seis meses después de inscribirte en la Parte B de Medicare. De lo contrario, las compañías aseguradoras que ofrecen Medigap pueden rechazar tu solicitud de cobertura o cobrarte más si tienes trastornos preexistentes. Dentro de los 63 días siguientes a la pérdida de un seguro médico que proporciona cobertura secundaria a Medicare, tal como COBRA, tienes nuevamente el derecho de emisión garantizada (también llamado protección de Medigap).

Sin embargo, en la mayoría de los estados debes agotar la cobertura de COBRA (es decir, tal vez debas pagar los 18 meses completos de COBRA) antes de recibir este derecho de emisión garantizada, si han pasado más de seis meses desde que te inscribiste en la Parte B de Medicare. Cuando decidas inicialmente si vas a complementar Medicare con COBRA o con Medigap, compara el costo de ambas opciones y ten presente este plazo.

Actualizado el 17 de agosto de 2022