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Es posible. Puedes recibir beneficios basados en el historial de ingresos de un excónyuge vivo siempre y cuando:
- El matrimonio duró al menos 10 años.
- No te has vuelto a casar.
- Tienes al menos 62 años.
- Tu excónyuge tiene derecho a cobrar beneficios jubilatorios o por discapacidad del Seguro Social.
Tu excónyuge no necesita estar cobrando sus beneficios jubilatorios para tú poder solicitar los beneficios para excónyuges. Sin embargo, si este es el caso, el divorcio debe tener al menos dos años. (No existe este requisito si tu excónyuge ya está recibiendo beneficios).
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Lo máximo que puedes recibir en beneficios como excónyuge divorciado es el 50% de la cantidad principal del seguro de tu excónyuge: el pago mensual al que esa persona tiene derecho al llegar a la edad plena de jubilación, que es 66 años y 10 meses para las personas nacidas en 1959 y 67 para las nacidas en 1960 o después.
Puedes obtener ese máximo si solicitas beneficios para excónyuges cuando alcances la edad plena de jubilación. Si solicitas antes, la cantidad del beneficio se reduce a tan solo el 32.5% del beneficio total de tu excónyuge si presentas tu solicitud a los 62 años.
Lo más temprano que puedes solicitar beneficios para cónyuge divorciado es tres meses antes de cumplir 62 años. Puedes hacerlo en internet (en inglés), por teléfono al 800-772-1213, o haciendo una cita en tu oficina local del Seguro Social. Es posible que necesites presentar documentos para demostrar que reúnes los requisitos, incluidos prueba de ciudadanía estadounidense o estatus de inmigración legal, un certificado de matrimonio y un decreto de divorcio.
Ten en cuenta
- Puedes solicitar beneficios para excónyuges si ya estás recibiendo beneficios de jubilación basados en tu propio historial de trabajo, pero el Seguro Social no te pagará ambos combinados. Solo recibirás la cantidad más alta de los dos.
- Cualquier beneficio que recibas como cónyuge divorciado no afecta los beneficios del Seguro Social pagados a tu excónyuge o a su cónyuge actual si se ha vuelto a casar.
- Si tu excónyuge ha fallecido, es posible que tengas derecho a recibir beneficios para sobrevivientes, según diferentes requisitos.
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