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Para recibir un beneficio para cónyuges, generalmente debes haber estado casado por lo menos un año continuo con el trabajador jubilado o con discapacidad cuyo registro de ingresos utilizas para solicitar beneficios.
Hay excepciones limitadas a la regla de un año. Por ejemplo, puedes recibir beneficios en el registro de un nuevo cónyuge si, en el mes anterior al mes en el que te casaste con esa persona, ya recibías o cumplías los requisitos para recibir beneficios como cónyuge (de otra persona), cónyuge divorciado, cónyuge sobreviviente, cónyuge divorciado sobreviviente, padre o hijo adulto con discapacidad.
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Ten en cuenta
- En la mayoría de los casos, debes tener al menos 62 años para obtener un beneficio para cónyuges, pero podrías reunir los requisitos si eres más joven y cuidas de un hijo menor de 16 años o discapacitado que reúne los requisitos para recibir beneficios familiares en función del historial de tu cónyuge.
- El beneficio máximo para cónyuges es el 50% del beneficio completo de jubilación de tu pareja. Recibes eso si solicitas el beneficio para cónyuges al alcanzar tu edad plena de jubilación (66 años y 10 meses para las personas nacidas en 1959 y 67 para las personas nacidas en 1960 o después). Los beneficios para cónyuges se reducen si se solicitan antes de la edad plena de jubilación.
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