¿Los pagos del Seguro Social pueden ser embargados?
Sí, pero depende del tipo de deuda. Los pagos de beneficios del Seguro Social y del Seguro por Discapacidad del Seguro Social (SSDI) pueden ser embargados para pagar la manutención de un menor y la pensión alimenticia; la indemnización por orden judicial de una víctima de delito; impuestos atrasados; y deudas no tributarias que se le deban a una agencia federal, como préstamos estudiantiles o algunos préstamos hipotecarios financiados con fondos federales (aunque estos son, en gran medida, inmunes al embargo durante la moratoria pandémica establecida por el gobierno federal sobre el cobro de pagos de la deuda estudiantil).
Hay límites en cuanto a la cantidad de tus beneficios que puede ser embargada:
Impuestos federales: Si estás atrasado, en la mayoría de los casos, el Servicio de Rentas Internas no puede tomar más del 15% por ciento de tus beneficios mensuales del Seguro Social.
Préstamos estudiantiles en atraso: La retención de beneficios para pagar los préstamos estudiantiles en atraso ha estado suspendida para la mayoría de los prestatarios desde marzo de 2020, cuando el Departamento de Educación de EE.UU. instituyó una pausa pandémica en la mayoría de los reembolsos de préstamos estudiantiles. La moratoria se ha extendido varias veces desde entonces, la más reciente hasta el 30 de junio o la resolución del litigio sobre el plan de condonación de préstamos estudiantiles de la administración Biden, lo que ocurra primero. El embargo de beneficios por deuda estudiantil no se reanudaría hasta seis meses a un año después de que finalice la moratoria, según el tipo de préstamo.
Cuando el embargo está vigente, podrían retener hasta el 15% de los beneficios mensuales del Seguro Social para el pago de la deuda estudiantil. Pero a diferencia de lo que ocurre con los impuestos, el embargo no puede dejarte con menos de $750 al mes en beneficios.
Manutención de hijos o pensión alimenticia ordenada por un tribunal: Si estás atrasado en la manutención de un menor o en una pensión alimenticia ordenada por el tribunal, la Ley Federal de Protección al Consumidor (CCPA) permite el embargo de hasta el 50% de tus beneficios si mantienes a un cónyuge o hijo además de la persona mencionada en la orden judicial, y hasta el 60% si no lo haces. (Se puede añadir otro 5% si tienes 12 semanas o más de atraso).
La mayoría de los estados siguen la CCPA, pero algunos tienen sus propias regulaciones sobre la cantidad de ingresos del deudor que se puede embargar. En caso de conflicto, se aplica el monto menor.
Los beneficios del Seguro Social están protegidos cuando se trata de deudas privadas, como costos médicos, préstamos para automóviles y facturas de tarjetas de crédito. En esos casos, los acreedores pueden obtener una orden judicial para embargar dinero de tus cheques de sueldo o de tus cuentas bancarias, pero la ley federal les impide tocar los beneficios del Seguro Social.
Ahorra un 25% el primer año cuando te unes a AARP con opción de renovación automática. Obtén acceso al momento a descuentos, programas, servicios y toda la información que necesitas para mejorar tu calidad de vida.
Ten en cuenta que
- Si crees que tus beneficios están siendo embargados por equivocación, el Seguro Social no puede ayudarte. Tendrás que resolverlo con el departamento del Gobierno que dice que debes el dinero; por ejemplo, el IRS o el tribunal estatal que supervisa tu manutención de un menor.
- La Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) tiene una mayor protección contra el embargo. Los pagos bajo este programa administrado por el Seguro Social no pueden ser embargados por deudas privadas o por cualquiera de las razones descritas arriba.
Actualizado el 26 de enero de 2023