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¿Mis hijos pueden recibir mis beneficios del Seguro Social cuando yo muera?


 

Se puede decir que sí. Los hijos pueden tener derecho a recibir beneficio para sobrevivientes en función del registro de ingresos de un padre fallecido.

La necesidad de este beneficio se ha vuelto más importante con la aparición de la COVID-19. Si bien la pandemia afectó más a los adultos sin hijos en edad de crianza, se estima que 300,000 niños en Estados Unidos habían perdido a uno o ambos padres a causa de la enfermedad hasta el 30 de junio, según el Grupo de Referencia Mundial sobre Niños Afectados por COVID-19 (en inglés).

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Los hijos pueden tener derecho a recibir beneficio del Seguro Social para sobreviviente si no están casados y: 

  • tienen menos de 18 años;
  • tienen 18 años (o en algunos casos 19) y todavía asisten a la escuela secundaria a tiempo completo;
  • o tienen una discapacidad que empezó antes de que el hijo cumpliera 22 años. 

En algunos casos, los hijastros, los nietos y los nietos políticos también pueden ser aptos para recibir beneficio para sobreviviente. La cantidad del pago es el 75% de la cantidad del seguro primario —el beneficio completo al que la persona fallecida tenía derecho a recibir en base a su registro de ingresos— del padre (o abuelo) fallecido.

El padre sobreviviente o la persona que solicite beneficio en nombre de un hijo cuyo padre ha muerto deberá proporcionar pruebas de la relación del hijo con el fallecido, como un certificado de nacimiento o un registro de adopción, y responder preguntas sobre su situación actual. Encontrarás detalles sobre la información y la documentación requerida en el formulario SSA-4 (en inglés) de la Administración del Seguro Social.

No puedes solicitar beneficio para sobreviviente en internet. Llama al Seguro Social al 800-772-1213 para preguntar sobre el proceso de solicitud o iniciar una solicitud. 

Ten en cuenta que

  • En casi todos los casos, los descendientes deben ser solteros para cobrar beneficio para sobreviviente. Existen algunas excepciones limitadas para los adultos discapacitados que reciben beneficio para hijos basados en el registro de ingresos de un padre fallecido.
  • La cantidad del pago que recibe un hijo beneficiario está sujeta al máximo familiar (el límite que los hijos, el cónyuge y los padres de un trabajador que gana un sueldo pueden recibir colectivamente en beneficio familiares o para sobreviviente). Generalmente, el máximo es de entre el 150 y el 180% de la cantidad de seguro primario del trabajador fallecido (pero puede llegar hasta el 188%). 

 

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