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Presentación de declaraciones de impuestos federales de personas fallecidas

Sigue estos consejos para evitar que un momento ya de por sí estresante acabe siéndolo más.

Testamento y formulario del último deseo al lado de un formulario 1040 del IRS

ALAMY STOCK PHOTO

Cuándo presentar la declaración

In English | Si algún ser querido falleció en el 2020, tienes que determinar quién presentará su declaración final de impuestos. “Si así se exige, hay que presentar una última declaración de impuestos, bien por el cónyuge o por el albacea, que mencione la fecha del fallecimiento”, dice Michael Eisenberg, contador público certificado de Baker Tilly Financial, LLC en Encino, California.

Utiliza el mismo formulario 1040 del IRS que utilizarías para contribuyentes vivos, pero anota la fecha del fallecimiento en la parte superior. Si no hay cónyuge sobreviviente, entonces el fiduciario, el albacea o el administrador debe presentar el formulario 56 para informar al IRS que es la persona responsable de la declaración final de impuestos. “Hay que declarar todos los ingresos hasta la fecha del fallecimiento, y se pueden seguir reclamando todos los créditos y deducciones a los que se tenga derecho”, dice Steven Hamilton, un agente registrado de Hamilton Tax and Accounting en Grayslake, Illinois.

Los cónyuges sobrevivientes pueden presentar una declaración de impuestos conjunta en el año del fallecimiento, independientemente del momento del año en que haya fallecido el cónyuge. En la declaración de impuestos se puede utilizar el estado civil de casado que presenta una declaración conjunta. (Sin embargo, si el cónyuge sobreviviente se vuelve a casar antes de que finalice el año del fallecimiento, entonces se debe utilizar el estado civil de casado que presenta una declaración por separado en la declaración de impuestos del contribuyente fallecido).


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Lista de verificación: formularios e información del IRS necesarios para presentar la declaración de impuestos por la persona fallecida

(enlaces en inglés)

  • W-2, 1099 y otros formularios de impuestos para el año del fallecimiento, que informen de los ingresos o gastos pagados antes del fallecimiento de la persona.
  • Formulario 1040 del IRS: hay que presentarlo para el año del fallecimiento.
  • Certificado de defunción: “Algunos estados exigen que se envíe junto con la declaración de impuestos y, en determinadas circunstancias, puede ser necesario también para la declaración de impuestos federal”, dice el contador público certificado Bret Scholl.
  • Formulario 56: Si eres el fiduciario, albacea, administrador u otra persona responsable de los bienes de esa persona, debes presentar el formulario 56 para comunicarle al IRS que eres la persona a cargo, dice Scholl.
  • Formulario 1310: Deberá presentarse la “Declaración de la persona que reclama el reembolso de un contribuyente fallecido” si se debe un reembolso de la última declaración de impuestos. “Esto es necesario para que el IRS pague el reembolso a la herencia o el fideicomiso del difunto”, dice Scholl.
  • Formulario 1041: “Declaración de impuestos sobre los ingresos en los Estados Unidos para caudales hereditarios y fideicomisos” que reporte más de $600 en ingresos brutos anuales (como dividendos, intereses, ingresos provenientes de la venta de activos) recibidos después del fallecimiento de la persona.
  • Publicación 559 del IRS “Sobrevivientes, albaceas y administradores”: Scholl recomienda leer esta publicación para obtener más información sobre los requisitos. También es un buen momento para obtener ayuda profesional de un abogado, contador público certificado u otro experto, especialmente en el caso de herencias complicadas o grandes. “Como fiduciario, albacea o administrador, si algo sale mal, es posible que tengas alguna exposición personal al riesgo financiero, por lo que esto no suele ser un gran proyecto para hacerlo tú mismo”, dice.

La fecha límite para presentar la declaración de impuestos federales final es la misma, el 15 de abril del 2021, para los ingresos del 2020. Si no puedes reunir la documentación a tiempo, puedes solicitar una prórroga hasta el 15 de octubre del 2021. Sin embargo, esta prórroga solo cambia la fecha límite de presentación; cualquier dinero que se deba al IRS como quiera deberá pagarse antes del 15 de abril.

“Al igual que cuando se está vivo, la solicitud de una prórroga permite disponer de tiempo para preparar y presentar la declaración de impuestos, pero los impuestos adeudados deben pagarse antes del 15 de abril”, dice Bret Scholl, contador público certificado de Scholl & Company LLP en Corral de Tierra, California. “Como puedes imaginarte, eso podría ser un verdadero desafío para que el albacea lo determine a tiempo para el 15 de abril. Deberían hacerlo lo mejor que puedan para estimar lo que se debe y pagarlo. Luego, al presentar la declaración de impuestos, liquidarán cualquier diferencia que se deba o que deba devolverse a la herencia”. Si se debe un reembolso, el albacea puede presentar el formulario 1310, “Declaración de la persona que reclama el reembolso de un contribuyente fallecido”, para que el IRS pague el reembolso a la herencia o el fideicomiso de la persona fallecida. (El cónyuge sobreviviente no está obligado a presentar el formulario 1310).

“La declaración final de impuestos de una persona solo debería cubrir los ingresos recibidos hasta la fecha del fallecimiento”, dice Mary Kay Foss, contadora pública certificada de Walnut Creek, California. Los ingresos recibidos después, como los provenientes de activos vendidos después de la fecha del fallecimiento, podrían tener que presentarse en una declaración de impuestos por separado para la herencia o el fideicomiso de la persona fallecida (formulario 1041).


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Otras consideraciones

Es posible que el cónyuge sobreviviente o el albacea tengan que tomar otras decisiones poco después del fallecimiento de la persona:

Tomar la última distribución mínima requerida. Si la persona que falleció estuvo tomando distribuciones mínimas requeridas de su IRA o de otro plan de ahorros jubilatorios, asegúrate de tomar la totalidad de la distribución mínima requerida para el año en que falleció. Las opciones de pago dependen del tipo de beneficiario. El cónyuge sobreviviente puede transferir la cuenta IRA a su propia cuenta y retrasar la toma de distribuciones mínimas requeridas hasta que cumpla 72 años. O puede transferirla a una cuenta IRA heredada y retirar el dinero sin penalidad antes de los 59 años y medio, pero tendrá que empezar a tomar las distribuciones mínimas requeridas el año siguiente al fallecimiento del propietario original o el año en que este hubiera cumplido 72 años. Los beneficiarios que no sean cónyuges generalmente deben retirar todo el dinero en menos de 10 años.

Decidir qué hacer con los gastos médicos retrasados. No es inusual recibir algunas facturas médicas por una última enfermedad después de que la persona fallezca. “Si los gastos médicos no asegurados se produjeron pero no se pagaron antes del fallecimiento, el cónyuge sobreviviente o el albacea debe tomar una decisión potencialmente importante sobre el tratamiento de esos gastos a efectos fiscales federales”, dice Scholl. El albacea puede optar por incluir los gastos médicos pagados tanto antes como después de la fecha del fallecimiento en el formulario 1040 final, y puede deducir los gastos que superen el 7.5% de los ingresos brutos ajustados del contribuyente fallecido si los detalla. “Para aprovechar este privilegio especial de deducción detallada para los gastos médicos no pagados, se deben pagar los gastos con la herencia del difunto durante el período de un año que comienza al día siguiente a la fecha del fallecimiento”, dice Scholl.

Los requisitos relacionados con impuestos pueden resultar complicados y estresantes tras el fallecimiento de un ser querido. “Creo que el mayor error que puede cometer un cónyuge en duelo es no llamar de inmediato a su contador público certificado o a su abogado y empezar a reunir la información necesaria para presentar las declaraciones de impuestos y notificar a los pagadores, como el Seguro Social, que la persona ha fallecido”, dice Melody Thornton, contadora pública certificada de Fitzgerald & Company LLP en San Diego. “Si no pueden hacerlo ellos mismos, un familiar o amigo de confianza puede ayudar con la logística”.