Skip to content
 

El estado civil y la elegibilidad para acceder a Medicare

Cómo funciona Medicare en el caso de los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Medicare en el caso de los matrimonios entre personas del mismo sexo

Corbis

¿Dónde se ubican las parejas del mismo sexo respecto de Medicare?

In English

P: Estoy casado con una persona de mi mismo sexo y pronto cumpliré 65 años. ¿Cómo afecta mi estado civil mi elegibilidad para acceder a Medicare?

R: Hasta hace poco, las parejas del mismo sexo que se habían casado legalmente conforme a las leyes de su estado o país quedaban excluidas de muchos beneficios federales otorgados a los matrimonios entre personas del sexo opuesto. Ello se debía a que la Defense of Marriage Act (DOMA, Ley de Defensa del Matrimonio), de 1996, definía específicamente “cónyuge” como el hombre o la mujer legalmente casados con una persona del sexo opuesto.

Pero en junio del 2013, la Corte Suprema de EE.UU. derogó, por inconstitucionales, partes de la DOMA, y desde entonces los funcionarios federales han estado trabajando para esclarecer el efecto práctico que tendrá la decisión sobre miles de beneficios federales, incluido Medicare.

Todavía no se han resuelto todas las cuestiones. Pero, hasta ahora, esto es lo que se sabe acerca de dónde se ubican los cónyuges del mismo sexo respecto de Medicare.

Quién es elegible para acceder a Medicare

Cualquiera que haya obtenido suficientes créditos por haber pagado impuestos sobre la nómina en su trabajo —40 créditos, que equivalen a unos 10 años de trabajo— tiene derecho a acceder a los beneficios completos de Medicare por derecho propio a la edad de 65 años. Esto significa que no deberá pagar primas mensuales por la Parte A (seguro hospitalario). La norma se aplica a cualquier persona que tenga 65 más o años y sea ciudadano estadounidense o residente legal (titular de tarjeta de residencia), independientemente de su estado civil.

Si no obtuviste los créditos requeridos, puedes llegar a ser elegible para acceder a la Parte A sin prima a partir de los antecedentes laborales de tu cónyuge, si este tiene por lo menos 62 años de edad y un mínimo de 40 créditos. Sin embargo, en el caso de los matrimonios entre personas del mismo sexo, este derecho todavía no está del todo claro y actualmente dependerá del lugar donde residas.

Hasta el momento de redactar este artículo, está claro que puedes acceder a los beneficios de la Parte A sin prima a partir de los antecedentes laborales de tu cónyuge si vives:

  • En el mismo estado en el que contrajiste matrimonio.
  • En otro estado (o en el Distrito de Columbia) que permite el casamiento entre personas del mismo sexo o reconoce las leyes matrimoniales de otro estado o país extranjero. (Las parejas del mismo sexo que se hayan casado en el extranjero quedan automáticamente amparadas por las normas del Distrito de Columbia).
  • En cualquier lugar de Estados Unidos, si tú o tu cónyuge trabajan para el Gobierno federal o para el Departamento de Defensa en un cargo militar o civil. (El Gobierno federal anunció igualdad de beneficios para todos sus empleados inmediatamente después de conocerse el fallo de la Corte Suprema).

Pero si resides en un estado que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo o las leyes matrimoniales del estado en el cual contrajiste matrimonio, la situación es mucho menos clara. El fallo de la Corte Suprema permite que los estados se nieguen a reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo contraídos legalmente en otros estados. Además, la Social Security Administration (SSA, Administración del Seguro Social, el organismo federal que administra la elegibilidad e inscripción en Medicare) siempre se ha fijado en las leyes del estado donde la persona reside al momento de solicitar los beneficios, no en las de aquel donde residía cuando contrajo matrimonio. Los funcionarios de la SSA y del Departamento de Justicia siguen trabajando en estas cuestiones. Si deseas obtener información actualizada, llama al Seguro Social al 800-772-1213 o ingresa en su sitio web y escribe “DOMA” en su buscador.

Nota: Si no puedes acceder a los beneficios de la Parte A sin prima a partir de tus propios antecedentes laborales o los de su cónyuge, puedes optar por contratar estos beneficios pagando por ellos primas mensuales (en el 2014, $426 al mes para personas con menos de 30 creditos; $234 al mes para personas con 30 a 39 créditos). Puedes acceder a los beneficios de la Parte B (consultas médicas, atención ambulatoria, equipamiento médico) y de la Parte D (cobertura de medicamentos recetados) pagando las mismas primas que cualquier otra persona. Estos beneficios no dependen de los créditos de trabajo.

Cómo postergar la inscripción en la Parte B si estás cubierto por el plan de salud que tu cónyuge recibe en el trabajo

Según las normas de Medicare, uno puede postergar su inscripción en la Parte B más allá de los 65 años (y así evitar el pago de primas) tanto tiempo como cuente con la cobertura de un plan de salud grupal provisto por un empleador para el que él o su cónyuge trabajen activamente. Al concluir ese empleo, tienen derecho a un periodo de inscripción especial para adherirse a la Parte B sin incurrir en penalidades por inscripción tardía.

Antes del fallo de la Corte Suprema sobre la DOMA, los integrantes de parejas del mismo sexo cuya cobertura de salud provenía de planes de empleadores de sus respectivos cónyuges no tenían derecho a este periodo de inscripción especial. Por ende, si no se inscribían en la Parte B de Medicare a los 65 años, terminaban recibiendo penalidades por inscripción tardía —que se sumaban a sus primas con carácter permanente— luego de haberse, por fin, inscrito.

El fallo sobre la DOMA modificó esto, al menos para las personas cubiertas por planes de salud para empleados federales o que viven en estados que permiten o reconocen las leyes sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo de otros estados o países. (Véase la lista en la sección anterior).

Para el resto, hasta que los funcionarios federales esclarezcan esta cuestión, los que en matrimonios del mismo sexo estén cubiertos por el seguro médico del empleador de su cónyuge deberán adherirse a la Parte B de Medicare a los 65 años para evitar penalidades por demora en la inscripción. Si este es tu caso y los funcionarlos deciden, finalmente, que puedes acceder al período de inscripción especial, podrás optar por salir de la Parte B (y dejar de pagar primas) sin penalidad alguna, en cualquier momento, mientras conserves el seguro médico provisto por el actual empleador de tu cónyuge o hasta ocho meses después del cese de dicha cobertura. No está claro, sin embargo, si podrás reclamar reembolsos por las primas de la Parte B que ya has pagado.

Pago de primas de las Partes B y D para beneficiarios de ingresos más altos

Si vives en algún lugar que reconoce tu matrimonio entre personas del mismo sexo, ten en cuenta que las primas que se apliquen a las Partes B y D se determinarán en función del ingreso conjunto de ambos cónyuges, y no solo del tuyo.

Para ser responsable del pago de recargos, el MAGI (ingreso bruto ajustado modificado) declarado en tu última declaración de impuestos debe ser de por lo menos $85,000 si eres soltero o casado y ambos presentan declaraciones individuales; o $170,000 si estás casado y presentan sus declaraciones en forma conjunta. Estos límites son los mismos tanto para la Parte B como para la Parte D, pero los recargos que efectivamente termina pagando el beneficiario difieren para cada programa y varían según sus ingresos.

La mayoría de los beneficiarios de Medicare no pagan estas primas más elevadas, que en realidad representan una prueba de medios diseñada para reducir el monto que el Gobierno subsidia a personas de mayores recursos. Pero un salario relativamente alto por tu trabajo o el de tu cónyuge, o un aumento repentino en tus ingresos (por ejemplo, por la venta de un inmueble) fácilmente podrían colocarte en una categoría de mayores ingresos.

Para obtener más información, remítete al documento de la SSA “Medicare Premiums: Rules for Higher-Income Beneficiaries (pdf)”(en inglés) (Primas de Medicare: Reglas para beneficiarios con ingresos más altos).

Programas que reducen los costos de Medicare

Muchos programas pueden reducir los costos de los beneficiarios de Medicare cuyos ingresos y ahorros no excedan un determinado nivel. Algunos de ellos son:

  • Extra Help (Asistencia Adicional): Programa federal que provee cobertura para medicamentos recetados de la Parte D a bajo costo.

  • Programas de Ahorros de Medicare: Programas estatales en virtud de los cuales el estado paga las primas correspondientes a la Parte B y tal vez otros gastos (deducibles, copagos y primas correspondientes a la Parte A), según los ingresos del beneficiario.
  • Medicaid: La red de seguridad estatal para la atención médica que cubre prácticamente todos los gastos médicos de las personas que reúnen los requisitos necesarios para acceder a ella.

Si vives en un estado que reconoce la validez del matrimonio entre personas del mismo sexo, tu elegibilidad para estos programas dependerá exclusivamente de los ingresos y ahorros conjuntos de ambos cónyuges —aun cuando seas el único que solicite asistencia—, tal como ocurre con cualquier pareja casada. Los límites de ingresos para un matrimonio suelen ser considerablemente menores que los correspondientes a dos personas solteras.

Patricia Barry escribe la columna de AARP Consulta a la Sra. Medicare y es autora de Medicare for Dummies (Medicare para principiantes). (Wiley/AARP, octubre del 2013).