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Si tienes más de 65 años y recibes cobertura de un plan de salud grupal provisto por un empleador para el que tú o tu cónyuge trabajan activamente, tienes derecho a retrasar la inscripción a Medicare hasta que el trabajo o la cobertura terminen, lo que ocurra primero. En ese momento, tendrás derecho a un período de inscripción especial de hasta ocho meses para inscribirte en Medicare sin correr el riesgo de multas por inscripción tardía.

Si el empleador tiene 20 empleados o más, la ley estipula que se debe ofrecer a aquellas personas de 65 años o más (y sus cónyuges) exactamente los mismos beneficios de salud que se les ofrecen a los empleados más jóvenes (y sus cónyuges). En esta situación, el empleador no puede obligarte a inscribirte en Medicare cuando cumplas 65 años o resultes elegible para Medicare debido a una discapacidad.

Sin embargo, la ley no les da la misma protección a las personas que trabajan para empleadores más pequeños, con menos de 20 empleados. En esta situación, el empleador puede (pero no está obligado) requerirte que te inscribas en Medicare cuando resultes elegible. De ser así, Medicare se convertirá en tu cobertura primaria (es decir, pagará primero tus cuentas médicas y el plan del empleador solo pagará los servicios que Medicare no cubra). Por lo tanto, si te obligan a inscribirte en Medicare y no lo haces, en realidad tendrás muy poca o ninguna cobertura. Es indispensable que consultes con tu empleador para averiguar si necesitas inscribirte en Medicare. En este caso, necesitas averiguar exactamente cómo funciona la cobertura del empleador con Medicare. Si te dicen que no, pide esta decisión por escrito.

Existe una situación en la que definitivamente necesitas retrasar la inscripción a Medicare hasta que te jubiles. Eso ocurre si tu empleador te brinda cobertura de salud a través de un plan con alto deducible y una HSA (cuenta de ahorros para gastos de salud). Según las reglas del IRS (Servicio de Impuestos Internos), no puedes contribuir a una HSA en los meses en que estés inscrito en cualquier parte de Medicare (Partes A, B o D).

Para obtener más información, consulta los siguientes artículos de AARP:

“Medicare y quienes trabajan después de los 65 años”, en http://www.aarp.org/espanol/salud/medicare-y-el-seguro/info-04-2011/medicare-y-quienes-trabajan-despues-de-los-65-anos.html

“Can I Have a Health Savings Account as Well as Medicare?” (¿Puedo tener una cuenta de ahorros para la salud, así como también Medicare?), en http://www.aarp.org/health/medicare-insurance/info-04-2009/ask_ms_medicare_question_53.html (en inglés).