Si tú o tu cónyuge vuelven a trabajar después de haberse inscrito en Medicare y el empleador ofrece seguro médico, tal vez puedan optar por no obtener la Parte B para evitar pagar dos primas —la de Medicare y la del seguro médico del empleador—.
Podrías ahorrar al menos $2,000 en el 2023, o más según tus ingresos. Es posible que puedas ahorrar más si cancelas tu plan Medicare Advantage, tu plan para medicamentos recetados de la Parte D u otro seguro de salud que hayas comprado.
Sin embargo, no todo el mundo tiene esta opción; por lo general, depende del tamaño del empleador. Y cuando te jubiles, tendrás que volver a inscribirte en la Parte B en un plazo determinado para evitar pagar multas por inscripción tardía.
Antes de decidir si se debe o no cancelar la inscripción en la Parte B de Medicare, primero averigua si Medicare es primario o secundario a la cobertura de tu empleador. Eso determinará si cancelar la Parte B podría causar brechas en tu cobertura.
En una empresa grande. Si trabajas para una empresa que tiene 20 o más empleados, la cobertura de la empresa es primaria y la de Medicare es secundaria. Puedes cancelar tu inscripción en la Parte B de Medicare y utilizar en su lugar la cobertura de tu empleador.
Por lo general, no puedes abandonar la Parte A de Medicare a menos que estés pagando una prima por ella. Para las personas que han pagado impuestos de Medicare por lo menos 40 trimestres —10 años de trabajo que no tienen que ser consecutivos—, la Parte A no tiene primas.
Pero para evitar una penalidad permanente por inscripción tardía en la Parte B cuando dejes o pierdas tu nuevo empleo, o te jubiles, debes volver a inscribirte en la Parte B de Medicare mientras todavía estás en el trabajo o durante un período de inscripción especial, que tiene una duración de ocho meses después de que termine tu seguro de salud basado en el empleo.
En una empresa pequeña. Las normas de cobertura son diferentes para las empresas más pequeñas. En casi todos los lugares que tienen menos de 20 empleados, Medicare se convierte en tu cobertura principal a los 65 años y el plan del empleador proporciona una cobertura secundaria.
Esto significa que Medicare paga primero tus facturas médicas, y el plan de tu empleador paga solo los servicios que cubre y que Medicare no cubre. Si cancelas la Parte B en esta situación, tendrás brechas considerables en la cobertura.
Si trabajas para una empresa pequeña, averigua si tienes la obligación de mantener la cobertura de Medicare si tienes 65 años o más. Ese es el sistema más común. Si no se te exige tener Medicare, pide a tu empleador que te comunique la decisión por escrito.
No puedes hacerlo en internet. Si la cobertura de tu empleador es la primaria y decides cancelar la Parte B, debes presentar el formulario CMS-1763 a la Administración del Seguro Social. Esto se debe a que la agencia procesa tanto las inscripciones como las cancelaciones de Medicare para los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS), que administran el programa de Medicare.
Puedes presentar el formulario en persona en tu oficina local del Seguro Social. También puedes llamar a la Administración del Seguro Social al 800-772-1213 o comunicarte con tu oficina local del Seguro Social para solicitar el formulario. El Seguro Social enviará el formulario y un sobre de devolución para que se pueda devolver al lugar apropiado.
En el formulario deben constar las firmas de dos testigos que te conozcan y estén dispuestos a proporcionar su nombre y su domicilio. No puedes enviar el formulario de forma electrónica; se procesa manualmente.
En algún momento querrás volver a tener la Parte B. Para restaurar la Parte B cuando termine la cobertura de tu nuevo empleador, tendrás que inscribirte de nuevo en la Parte B a más tardar ocho meses después de que termine tu seguro en el trabajo o tendrás que pagar una multa permanente por inscripción tardía.
Si se te pasa ese período de inscripción especial, para volver a inscribirte deberás esperar hasta el siguiente período de inscripción general que transcurre del 1.º de enero al 31 de marzo. Tu cobertura comenzará el primer día del mes después del mes en que te inscribes.
Las normas son complicadas. Para tener una póliza de seguro suplementario de Medicare, más conocida como Medigap, debes tener la Parte A y la Parte B de Medicare. Si decides cancelar tu inscripción en la Parte B cuando regresas a trabajar, también deberás cancelar tu póliza de Medigap.
Quizá te resulte difícil volver a conseguir la cobertura de Medigap cuando te vuelvas a inscribir en Medicare después de dejar tu trabajo. Cuando tienes 65 años o más, tienes el derecho federal de adquirir cualquier póliza de Medigap de tu zona (sin importar si tienes enfermedades preexistentes) durante los seis meses siguientes a inscribirte en la Parte B. Sin embargo, se trata de una garantía única.
Si abandonas la Parte B porque obtienes un nuevo empleo y te vuelves a inscribir en la Parte B más tarde, por lo general no se te concede un nuevo período de emisión garantizada de Medigap. Eso significa que las aseguradoras podrían negar la cobertura o cobrar más si tienes enfermedades preexistentes. Las reglas garantizadas de algunos estados sobre los derechos de emisión difieren de las regulaciones federales.
Empresas pequeñas. Si tienes un seguro de salud de tu trabajo secundario a Medicare, que a menudo es el caso de las empresas con menos de 20 empleados, tal vez quieras cancelar tu cobertura Medigap aunque no estés abandonando Medicare. La cobertura de tu empleador cubrirá las brechas.
Después de dejar el empleo y perder esa cobertura, tendrás 63 días para obtener una póliza de Medigap con derechos de emisión garantizada. Esto solo puede ocurrir si la cobertura de tu empleador es secundaria a la de Medicare.
Para Medicare Advantage, también debes tener la Parte A y la Parte B, por lo que deberás cancelar esa cobertura si cancelas la Parte B. Después de dejar tu trabajo, tendrás dos meses para obtener un plan Medicare Advantage si deseas un plan privado en vez de Medicare Original.
De otro modo, puedes inscribirte durante el período de inscripción abierta que transcurre cada año del 15 de octubre al 7 de diciembre.
La cobertura de medicamentos recetados de la Parte D se puede mantener mientras tengas la Parte A o la Parte B. Ahora bien, tal vez no necesites esa cobertura si tu empleador ofrece una cobertura de medicamentos recetados que se considere tan buena o mejor que la de Medicare, lo que se denomina “cobertura acreditable”.[KD4] No tendrás que pagar la multa por inscripción tardía siempre que te inscribas en la Parte D durante los dos meses siguientes a perder esa cobertura.
Cuando regreses a trabajar, presta atención al cargo adicional por ingresos altos si mantienes la Parte B o la Parte D. Si eres soltero y tus ingresos brutos ajustados modificados son superiores a $97,000 o a $194,000 si estás casado y presentas una declaración de impuestos conjunta, deberás pagar primas más altas.
En el 2023, la prima básica de la Parte B es de $164.90 por mes, pero las personas que están supeditadas a esta suma de ajuste mensual relacionado con los ingresos (IRMAA) deben pagar de $230.80 a $560.50 por mes, según sus ingresos. También tendrán que pagar un recargo mensual que oscila entre $12.20 y $76.40 además de su primas de la Parte D.
Estos recargos por ingresos altos se basan en la última declaración de impuestos que hayas presentado; por lo general son los ingresos del 2021 para las primas del 2023. Regresar a trabajar podría no afectar tus primas de inmediato, pero sí podría hacerlo si continúas trabajando durante varios años.
Después de jubilarte o de que ocurran otros acontecimientos que cambien tu vida, puedes pedir a la Administración del Seguro Social, que se encarga de estos recargos, que utilice tus ingresos más recientes para reducir o eliminar el recargo.
Actualizado el 3 de marzo del 2023