El Seguro Social también ayuda a los cónyuges
Aunque hayas trabajado en el hogar sin recibir sueldo, puedes optar a beneficios.
por: Juan García Alejandro
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Lo que se cree
Se cree que solo los empleados que aportan al Seguro Social reciben beneficios para su jubilación. No es así. Seas cónyuge, aunque nunca hayas trabajado ni cumplas con el mínimo de 10 años de trabajo con aportes al sistema, también tienes derecho a beneficios. Esta disposición favorece principalmente a las mujeres que se hayan dedicado a su casa sin recibir un salario regularmente. Si este es tu caso, conoce lo que te otorga el Seguro Social, incluso si te has divorciado o enviudaste.
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Breve panorama de la mujer asalariada
Según el Departamento de Trabajo, de los 62 millones de mujeres asalariadas en Estados Unidos de entre 21-64 años de edad, solo el 45% tiene un plan de jubilación. A diferencia de los hombres, ellas trabajan más en empleos de tiempo parcial que no califican para beneficios de retiro. Si lo hacen, laboran menos años y contribuyen poco a su jubilación, por lo que lo más probable es que no tengan suficientes recursos para los 20 años estimados que vivirían después de cumplir 65 años de edad.
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Condiciones para tu propia jubilación
El Departamento de Trabajo establece que puedes ser elegible y recibir tus beneficios como cónyuge. Ello, incluso antes que tu cónyuge se jubile o si queda incapacitado o fallece. También provee para los divorciados o viudos. Tus beneficios dependerán de varios factores, entre ellos tu edad al momento de solicitarlos. No olvides la cobertura médica. Independientemente de la edad en que decidas solicitar el Seguro Social, deberás inscribirte en el plan de Medicare al cumplir los 65 años.
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Deducciones de acuerdo a la edad
La edad mínima para jubilarte como cónyuge es 62 años, y la llamada edad plena de jubilación varía de los 65 a 67, dependiendo del año en que hayas nacido. Si solicitas tu jubilación a la edad plena recibirás hasta un 50% de la cantidad que a él le otorgarían; si la pides desde los 62, el monto se reduce en un 67.5% en relación a los de tu pareja. En la medida que te jubiles más tarde, menor será el recorte a tus beneficios.
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Una jubilación demorada
A pesar de que la edad plena de jubilación es de 65 a 67 años, es probable que tengas derecho a más créditos por jubilación demorada si esperas un poco más antes de solicitar beneficios, lo cual aumentaría el monto que recibas mensualmente. De hecho, para recibir la mayor cantidad posible, deberás esperar hasta cumplir los 70 años antes de comenzar a recibir tus beneficios. No acumularás créditos adicionales pasado los 70 años, aunque te demores más en cobrar tus beneficios.
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Doble beneficio
Si no has cumplido tu edad plena de jubilación (entre los 65 y 67 años) y tienes derecho a recibir beneficios en base a tu propio historial laboral, el Seguro Social te pagará esa cantidad primero. Sin embargo, si tienes derecho a recibir una mayor cantidad como cónyuge, recibirás la cantidad más alta que te corresponda.
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Obtén el máximo provecho
Si tu pareja llega a la edad plena de jubilación y prefiere seguir trabajando, puede solicitar sus beneficios y pedir que le suspendan sus pagos. De esa manera, tú podrás recibir beneficios como cónyuge y tu pareja continuar obteniendo créditos por jubilación demorada hasta cumplir los 70 años de edad.
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Divorciada o viuda, también aplicas
Como persona divorciada, podrías tener derecho a los beneficios de jubilación de tu excónyuge, aún si éste se vuelve a casar. Basta con que tu matrimonio haya durado cuando menos 10 años. Los requisitos son: tener al menos 62 años, que no te hayas vuelto a casar y que tus beneficios (si los tuvieras) sean menores que los que te corresponden en calidad de excónyuge. Si enviudaste, puedes recibir beneficios reducidos a los 60 años o completos al alcanzar la plena edad de jubilación.
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Beneficios como divorciada
Si tu ex no ha solicitado beneficios pero ya tiene derecho a recibirlos, puedes pedir los tuyos basados en el registro de él, siempre y cuando lleven al menos dos años divorciados. En general, si pides tus beneficios como cónyuge al llegar a tu plena edad de jubilación, estos serán igual a la mitad de los beneficios por jubilación de tu excónyuge.
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Trámites como divorciada
Tienes tres opciones para solicitar los beneficios: llama al 1-800-772-1213, visita una oficina local del Seguro Social o por internet. Necesitarás, en original y copia: acta de nacimiento; prueba de ciudadanía o de estado legal de inmigrante; de ser tu caso, documento de alta de las fuerzas armadas de Estados Unidos; formulario W-2 y/o declaración de empleo por cuenta propia; acta de matrimonio; y acta de divorcio, entre otros requisitos. Es posible que te pidan traducciones certificadas si algunos de tus documentos originales no están en inglés.
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Adam Voorhes
Lo que te van a preguntar
Tu nombre, el que usas ahora y cualquier otro que hayas usado legalmente (por ejemplo, tu nombre de soltera o de un matrimonio anterior); número de Seguro Social, y si en el pasado has usado algún otro; si no pudiste trabajar debido a enfermedades, lesiones o padecimientos durante los pasados 14 meses; si estás casada, información general de tu marido y de cualquier otro ex, incluyendo sus números de Seguro Social; fechas de tus matrimonios; y si terminaron, cómo y cuándo se divorciaron, entre otras cosas.
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No dependas solo del Seguro Social
El ahorro para el retiro debería ser no sólo una necesidad, sino una prioridad, sobre todo para las amas de casa. Una encuesta del Employee Benefit Research Institute, organización independiente que investiga temas de seguridad económica y jubilación, realizada en el 2014 determinó que más de la mitad de los trabajadores tienen menos de $25,000 en ahorros e inversiones de retiro. El Seguro Social se creó para complementar los ahorros, pero no puede ser tu único sustento en la jubilación.
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Corbis
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