La ley le permite mantener a sus hijos adultos jóvenes en su póliza de seguro de salud hasta que cumplan 26 años de edad. Antes, los adultos jóvenes eran, con frecuencia, excluidos de las pólizas de sus padres una vez que alcanzaban los 18 ó 21 años, o al terminar la universidad. Ahora, pueden permanecer en su póliza o agregarse a la póliza familiar, incluso cuando ya no vivan con los padres o ya no sean estudiantes.
- Si actualmente incluye a sus hijos en su seguro de salud, podrán permanecer en su póliza familiar hasta que cumplan 26 años. Esto significa que usted podrá asegurarse de que tengan cobertura de salud incluso cuando ya no vivan con usted, se hayan casado o ya no asistan a la universidad. No tendrá que reclamarlos como dependientes o “a cargo” en su declaración de impuestos. No podrá incluir al cónyuge ni a los hijos de sus hijos en su póliza.
- Si actualmente no incluye a sus hijos adultos jóvenes en su póliza y desea incluirlos, podrá hacerlo si su aseguradora ofrece cobertura para personas dependientes. Esta disposición entrará en vigor en septiembre. Su compañía de seguros o el proveedor del plan le enviará un aviso por escrito sobre esta oportunidad de inscripción especial. Esté atento y póngase en contacto con su aseguradora. Cuando reciba el aviso, tendrá 30 días para agregar a sus hijos adultos jóvenes menores de 26 años que resulten elegibles. Sin embargo, la cobertura podría no estar vigente hasta que comience el nuevo año de su plan de seguro.
- Su aseguradora no podrá cobrarle más por asegurar a sus hijos adultos jóvenes de lo que cobran por hijos menores, ni podrá brindarles menos beneficios.
- Ni las compañías de seguros ni los planes de seguro a cargo del empleador están obligados a brindar cobertura para personas dependientes. Si usted está en un plan que no brinda cobertura familiar, no podrá incluir en su póliza a sus hijos adultos jóvenes. Además, si ellos tienen acceso a cobertura a cargo del empleador, usted no podrá agregarlos a su plan.
Para obtener información actualizada, visite visite www.aarp.org/guiadelaleydesalud




















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