Cómo inscribirse para recibir cobertura para medicamentos
Si cuenta con una cobertura para medicamentos que sea “acreditable”, — lo cual significa que Medicare la considera, al menos, tan buena como la que brinda la Parte D —, no necesitará la Parte D cuando cumpla 65 años. Su plan de seguro actual le puede informar si la cobertura es acreditable o no.
Si pierde la cobertura acreditable —, ya sea que se la proporcione su empleador actual o anterior, su sindicato, el seguro médico COBRA, Veterans Affairs (VA, Asuntos de Veteranos) o el sistema militar TriCare-for-Life —, usted contará con un período de dos meses para inscribirse en la Parte D del plan sin ser penalizado. Pero si renuncia voluntariamente a dicha cobertura después de que el período de inscripción inicial haya vencido, deberá esperar hasta que se abra la inscripción a fin de año.
También obtendrá un período especial para inscribirse en un plan para medicamentos de la Parte D sin ser penalizado, si lo hace dentro de los dos meses de haber regresado a Estados Unidos, después de haber vivido en el extranjero.
Pasarse de la fecha límite para inscribirse significa:
- Que solamente podrá inscribirse en la Parte B durante el período de inscripción general que se extiende desde el 1.º de enero al 31 de marzo de cada año, con una cobertura que no entrará en vigencia hasta el próximo 1.º de julio.
- Que deberá pagar una penalidad por demora en la inscripción de un 10 % adicional, que se sumará en forma permanente a sus primas de la Parte B, por cada período de 12 meses que haya demorado. Por ejemplo, si demora cinco años, las primas le costarán un 50 % más por la misma cobertura, todo el tiempo que permanezca en Medicare.
- Que solamente podrá inscribirse en la Parte D durante la inscripción abierta que va del 15 de octubre al 7 de diciembre de cada año, con una cobertura que comenzará a regir el 1.º de enero.
- Que deberá pagar una penalidad por demora, que se sumará en forma permanente a sus primas de la Parte D, por cada mes que no haya tenido cobertura para medicamentos desde que cumplió los 65 años.
Algunas excepciones: Si es elegible para la Ayuda Adicional de la Parte D o para un Programa de Ahorros Medicare, no pagará penalidad por demora en la inscripción. Si tiene Medicare debido a una discapacidad, cualquier penalidad por demora que incurra cesará cuando llegue a los 65 años y se vuelva a inscribir en Medicare a partir de la edad.
Cómo inscribirse
Para inscribirse en las Partes A o B llame al Seguro Social, al 1-800-772-1213, y saque un turno para una entrevista, que podrá realizarse por teléfono o en la oficina del Seguro Social de su localidad. Si el inglés no es su primer idioma, puede pedir un intérprete sin cargo.
Para inscribirse en un plan para medicamentos de la parte D o en un plan Medicare Advantage, deberá elegir entre las opciones que se encuentren disponibles en su área.
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